Los bancos están obligados a ofrecer una ‘cuenta de pago básica’

Este miércoles despedíamos la temporada en lo que a nuestro espacio de consumo se refiere. De la mano de David Cifredo, hemos repasado las ‘cuentas de pago básica’ que obligatoriamente deben ofrecer las entidades bancarias. El presidente de FACUA Cádiz ha señalado que, «lamentablemente» los bancos no tienen obligación de tener un servicio de ventanilla e, igualmente, están habilitados para estimar las comisiones que quiera, siempre que sean aceptadas y firmadas por todas las partes. «Se está trabajando en una garantía para el cliente financiero, pero de momento no existe», subrayaba. Por el contrario, existen las denominadas ‘cuentas de pago básica’ (CPB), que están reguladas y establecen unas opciones en las que solo pueden repercutir un máximo de 3 euros al mes de comisiones.  En muchos casos, este tipo de cuentas suelen ser gratuitas pero suelen estar vinculadas a condicionantes como no disponer de otra cuenta bancaria.

Las CPB permiten realizar operaciones como depósitos, retiros de efectivo, transferencias y domiciliación de recibos y su apertura no puede estar condicionada a la contratación de otros servicios. De esta forma, se ayuda a garantizar el acceso a los servicios bancarios a personas que podrían tener dificultades para abrir una cuenta corriente tradicional. Entre otras cuestiones, estas cuentas no generan interesas.