Las financieras deben ampliar el plazo de pago de hipotecas a usuarios vulnerables

Las hipotecas han ocupado buena parte de nuestro espacio de consumo. Concretamente la solicitud de ampliación del plazo de pago de las mismas, las cuales las financieras no están obligadas a aceptar si no se contempla en el contrato, pero sí se pueden negociar. No obstante, existe una circunstancia por las que sí están obligadas y es cuando se trata de personas en situación de vulnerabilidad económica financiera. Las entidades se acogieron a un código de buenas prácticas ante dificultades o impagos de personas en dicha condición. En este caso, el consumidor debe comunicar y acreditar dicha situación, debiendo la financiera otorgar una propuesta que fuera posible desarrollar en sus pagos.

David Cifredo, presidente de FACUA-Cádiz, ha repasado el concepto de fianza, el cual está vinculado a que a la hora de la conclusión del contrato, la cantidad estipulada sirva para asumir desperfectos, que la parte arrendadora deberá acreditar. Si no hay desperfectos, la fianza deberá devolverse íntegramente. Desde FACUA-Cádiz recomiendan, en el caso de que se encuentre con la negativa del arrendador, a solicitar la devolución por escrito y de manera fehaciente. Si en el momento en que se entregan las llaves no se produce la devolución, con la solicitud habrá que acudir a los juzgados a interponer una demanda.

Por último, y en relación a los vehículos adquiridos en Alemania, David Cifredo explicaba que, tanto si es nuevo o de segunda mano, los trámites a los que se está obligado a hacer para cursar su importación son sencillos pese a lo farragosos que puedan parecer. En concreto, tan solo habrá que gestionar la matriculación con la DGT, acreditar la titularidad y validar que el vehículo está en condiciones de circular a través de la ITV. Por último, el consumidor tendrá que hacer frente a los impuestos, cuya cuantía sí depende de si es nuevo o de segunda mano.