Dentro de nuestro espacio de consumo, de la mano de FACUA-Cádiz, hemos hablado acerca de las deudas contraídas con entidades por parte de un consumidor, las cuales deben ser reclamadas por escrito siempre que lo puedan acreditar. En ningún caso –explica David Cifredo-, deben acosar a los usuarios, ni pueden utilizar vías de presión inadecuadas, exista la deuda o no. Ante la consulta de un oyente, al cual se le reclama una deuda que no corresponde a su persona, el presidente de FACUA-Cádiz recomienda acudir a las FFCCS a presentar una denuncia ya que dicha práctica es constituyente de delito.
Por otro lado, señalaba que, ante un error o defecto achacable al vendedor en una compra realizada, este deberá hacerse cargo de la sustitución o devolución del producto, e incluso de la devolución del importe si el consumidor no queda satisfecho y está dentro de plazo. En ningún caso, el coste debe recaer en el usuario. En caso de que la empresa así lo exija, este deberá acudir ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de su localidad y tendrá dos opciones: pagar y reclamar posteriormente los gastos, o esperar a que se resuelva. David Cifredo animaba igualmente acudir a organizaciones de consumidores, que pueden servir de ayuda, por ejemplo, a la hora de solicitar un arbitraje de consumo.
El suministro de aguas ha sido otro de los temas abordados. Un servicio que, por ley, debe ser municipal si bien algunas localidades cuentan con una empresa mixta como suministradora. En este caso, cualquier incidencia podemos interponerla independientemente en el Ayuntamiento o en la empresa. Sobre los contadores, David Cifredo ha expuesto que cada ocho años se debe hacer una revisión del mismo y, a partir de la segunda revisión, una vez cumplidos los 24 años procederían a la sustitución. Ante cualquier incidencia con estos y su lectura, el consumidor puede pedir la peritación de los mismos. Si el resultado es negativo y el funcionamiento del contador es erróneo, la empresa deberá revisar y compensar al usuario los costes de las facturas pasadas. Si por el contrario, el trabajo es correcto, el consumidor deberá asumir los costes de verificación, que, no obstante, están regulados y no son muy elevados.
