El derecho de desistimiento ha sido uno de los temas abordados en nuestro espacio de consumo. Se trata de la facultad del usuario de dejar sin efecto una compra o un contrato de servicios, debiéndose notificar en el plazo establecido, que, en el caso de las compras, si no se especifica lo contrario, es de 14 días. David Cifredo, presidente de FACUA Cádiz, ha explicado que serán nulas de pleno derecho las cláusulas que impongan al consumidor una penalización por el ejercicio de su derecho, siempre que esté dentro de los supuestos previstos legal o reglamentariamente en la oferta, promoción, publicidad o en el propio contrato. Además, añadía que, en el caso de la compra, lo normal es que la devolución del importe se haga en el momento en que se entrega el producto, si bien se establece un período de 14 días para que el vendedor pueda realizar la devolución. En caso de que se exceda, el consumidor podrá reclamar el doble de dicho importe.
Atendiendo a otra consulta, David Cifredo subrayaba que los costes por enviar a un operario a tratar cualquier avería son legales siempre que cumplan dos condiciones: que la avería sea responsabilidad del consumidor y que se haya informado previamente del importe. En caso de que no se cumpla uno de estos dos supuestos, será ilegal, pudiendo el usuario negarse a dicho pago.
Por último, respondía a una consulta acerca de si una deuda contraída con una empresa suministradora de agua señalando que, si el problema de dicho impago es achacable a la empresa, esta debe acceder a prorratearla mientras que, si es responsabilidad del consumidor, será este quien tenga que negociarlo. En cualquier caso, reiteraba la petición de FACUA en que el agua, como bien de primera necesidad, debe ser accesible para todas las familias y personas, especialmente las vulnerables. Para ellas piden que las ordenanzas municipales contemplen facilidades y ayudas.
