Las aseguradoras tienen que registrar las pólizas que incluyen indemnización por fallecimiento

En el último programa del año con FACUA-Cádiz, su secretario general, Jesús Yesa, ha explicado que las compañías de seguros tienen que registrar en un organismo, dependiente del Ministerio de Justicia, todos los servicios y pólizas que firmen y que incluyan la cobertura de indemnización en caso de fallecimiento del usuario. El consumidor, además, siempre que esté en esta situación, puede dirigir una consulta al propio Ministerio de Justicia de manera gratuita. Para ello, tendrá que aportar la documentación requerida pero, a cambio, sabrá si la persona fallecida tenía algún seguro de vida o póliza de este tipo.

Por otro lado, Jesús Yesa exponía que los ayuntamientos cobran el Impuesto de Circulación a la persona que aparece como propietaria del vehículo a fecha de 1 de enero. En caso de incidencia, podemos acudir a la Dirección General de Tráfico para consultar los movimientos de titularidad del vehículo en cuestión, pudiendo exigir al concesionario o persona responsable del cambio de titularidad, que debería aparecer en el contrato, el importe de dicho impuesto en caso de que se haya cobrado de manera errónea.

Por último, y en relación a las compañías móviles el secretario general de FACUA-Cádiz subrayaba que el consumidor puede reclamar importes cobrados indebidamente pese a que ya no mantengamos ninguna vinculación contractual con la misma. De hecho, hay establecido un período de un año desde que se cobraron estos importes o se produjera un cambio de tarifa no autorizado.